lunes, 7 de febrero de 2011

CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL

Conste por el presente documento, el contrato de COMPRAVENTA INTERNACIONAL que celebran de una parte ZEOLITAS S.A. con RUC N° 0991311386001, con dirección en Los Ceibos Calle 17 N 503 y Transversal , Nicaragua, debidamente representada por su Gerente General, señor Joaquin Vereau Sanchez, identificado con Libreta Electoral N° 40.926.625, a quien en adelante se le denominará EL VENDEDOR; y de la otra parte, la empresa US.UNIVERSAL TRADING COMPANY., con domicilio en PO.BOX 990825 Naples, FL United States, 34116, debidamente representada por su General Manager, señor James Simpson, identificado con P00150254112, en adelante EL COMPRADOR, en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA: Objeto del contrato
Mediante el presente documento, las partes convienen en celebrar una compraventa internacional de mercaderías, las cuales deberán cumplir con las condiciones siguientes:
MERCANCÍA Cola de camarón congelado
CANTIDAD 26659kg (contenedor frigorífico) margen de tolerancia de +/-10%
CALIDAD: Camarón Talla 31-40s (67-88 por kg)
ESPECIFICACIONES Anexo N° 1
EMBALAJE: Cajas de 2.27kg, dentro de caja madre de 10 cajas de 2.27kg.
SEGUNDA: Precio
El precio de la mercadería descrita en la cláusula anterior asciende a la suma de $ 60,288.93 (Sesenta mil doscientos ochentaiocho con 93/100 dólares americanos).
TERCERA: Condiciones de entrega
Las partes acuerdan que la venta pactada a través del presente contrato se hará en términos EXW (INCOTERMS versión 2000).
CUARTA: Tiempo de entrega
Las partes convienen en que la entrega de la mercadería objeto del presente contrato se realizará 10 a 14 días (aplicado a partir del zarpe del barco), fecha en la cual EL VENDEDOR deberá cumplir con esta obligación.
QUINTA: Forma de entrega
EL VENDEDOR se obliga a hacer entrega de la mercadería objeto del presente contrato en el tiempo y lugar señalado en el mismo y cumpliendo con las especificaciones siguientes: La carga deberá ser cargada en Contenedor frigorífico, “Refrigerated High Cube Container” de 12.14 x 2.43 x 2.90 m. la temperatura de –24 y –18 oC. La forma de transporte a utilizar será marítimo, emprea de Transporte
SEXTA: Inspección de los Bienes
Las partes convienen en que la inspección de la mercadería será realizada después del embarque, dejándose antes del embarque una muestra de la mercadería en caso de controversia. El lugar destinado para la inspección es en los Estados Unidos-
SEPTIMA: Condiciones de pago
EL COMPRADOR se obliga al cumplimiento del pago del precio estipulado en la cláusula segunda bajo la modalidad de Transferencia bancaria
FORMA DE PAGO :  Transferencia a la cuenta del VENDEDOR.
PLAZO DE PAGO :    Contra entrega de mercadería.
MEDIO DE PAGO :   Transferencia Bancaria
GASTOS BANCARIOS :       Serán cargados al COMPRADOR
CONDICIONES ESPECIALES :       El pago se realizará una vez entregada la mercadería al embarcador.
OCTAVA: Documentos
EL VENDEDOR deberá cumplir con la presentación de los siguientes documentos: (se hará referencia a los documentos a ser remitidos por EL VENDEDOR de acuerdo a las condiciones de entrega que hayan
sido pactadas; los cuales pueden diferir en relación a los que sean solicitados si la forma de pago es una Carta de Crédito).

1.   Factura de exportación: fotocopia de facturas firmadas y selladas por el exportador, o la persona autorizada a firmar por la empresa ante el CETREX.
2.   La factura de exportación debe contener los siguientes datos:
• Número de factura
• Fecha de factura
• Razón social de la empresa o nombre del exportador
• Número de RUC
• Dirección física completa del exportador
• Teléfono del exportador
• Datos completos del consignatario, nombre, dirección física, teléfono
• Cantidad, detalle y valor “Free On Board” (FOB) de la mercancía a exportar
• Peso bruto y peso neto
3.   Formulario de exportación: El formulario de exportación requerido según destino de la exportación y del origen de las mercancías.
4.   El Formato Único de Exportación (FUE). Este formulario debe ser firmado por la persona autorizada ante el CETREX para firmar y realizar trámites.
5.   Emisión de certificado de origen del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) forma A.
NOVENA: Resolución del Contrato Las partes podrán resolver el presente contrato si se produce el incumplimiento de alguna de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
DECIMA: Responsabilidad en la Demora
Por tratarse de carga refrigerada el tiempo de demora puede significar perder el total de la carga, por lo cual cada día de retraso generará una penalidad del 5% del valor total de la carga.
DECIMO PRIMERA: Ley Aplicable
Las partes acuerdan que la ley para las obligaciones estipuladas en el presente contrato será la de acuerdo a lo estipulado por la Convención de las Naciones Unidas sobre Compraventa Internacional.
DECIMO SEGUNDA: Solución de Controversias
Para los efectos del presente contrato, las partes contratantes señalan como sus domicilios los mencionados en la parte introductoria de este documento, sometiéndose ambas partes al arbitraje del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional de Nicaragua, a cuyas normas y procedimiento se someten de manera voluntaria.
Firmado por duplicado, a los siete días del mes de febrero de 2011 en la ciudad de Nicaragua.






...................................................                                             ................................................
EL VENDEDOR                                                                                 EL COMPRADOR


ANEXO N° 1
FICHA TECNICA DEL PRODUCTO
Nombre común en español
Camarón de cultivo, cararón marino
Nombre común en ingles
Shrimps and prawns
Origen del producto
Nicaragua


Numero de Harmonized System) y Clasificación o Código SAC y Variedades del Producto
Número de HS y clasificación
Variedades del producto
0306.13.00
Camarones, langostinos y demás decápodos natantia
03061311000000
Camarones de cultivo procesados y congelados
03061311000001
Colas de camarón de cultivo
03061311000002
Camarón de cultivo procesado y congelado
03061319000001
Cola de camarón de mar congelado
03061319000002
Camarón de mar congelado
03061319000003
Colas de camarón pink
03061319000004
Colas de camarón white


2 comentarios:

  1. Hola Vanne.........
    Por que EXW? te comprometes con las fechas de embarque!!!
    Otra cosa menciona que la carga es congelada!!!

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  2. Vane, te sugiero carta de credito por el valor de la mecancia!!!

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